El presente contrato se regula por la legislación española en vigor, en particular, por lo establecido en la Ley 50/1980, de 8 de Octubre, de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradora y su reglamento de desarrollo, y por lo convenido en las Condiciones Generales y Particulares del mismo, sin que tengan validez las cláusulas limitativas de los derechos de los Asegurados que no sean específicamente aceptadas por el Tomador /Asegurado.

En caso de liquidación de la entidad aseguradora, no resultará de aplicación la legislación española.

La Compañía Aseguradora y el Tomador/Asegurado convienen irrevocable e incondicionalmente someter cualquier disputa con respecto al presente seguro, o relacionada de cualquier modo con el mismo, a la jurisdicción exclusiva de los tribunales del domicilio del Asegurado.

RESOLUCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMACIONES

Servicio de atención al cliente:

Nos sentimos orgullosos de contar con una buena reputación en cuanto al servicio que ofrecemos. Si usted considera que el mismo no es todo lo satisfactorio que esperaba podrá ponerse en contacto con Reale Seguros Generales, S.A. (Príncipe de Vergara 125,  28002 Madrid), o bien enviar su queja/reclamación a la siguiente dirección: Reale Seguros departamento de Atención al Cliente /mail  serviciodeatencionydefensa.clientes@reale.es.

La misión de dicho Servicio es la de atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten las personas físicas o jurídicas que reúnan la condición de usuario de los servicios de Reale, siempre que tales quejas y reclamaciones se refieran a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos del sector asegurador.

Las quejas o reclamaciones podrán presentarse personalmente en cualquiera de las oficinas de Reale abiertas al público. Así mismo, dispondrán de un teléfono de información gratuito 900 211 021. A tal efecto existen formularios de queja o reclamación a disposición de los clientes en todas las oficinas de Reale. Asimismo, pueden presentarse mediante correo certificado dirigido al Servicio de Atención y Defensa del Cliente de Reale, a la dirección señalada, utilizando los mismos modelos indicados anteriormente, o a través de correo electrónico, debiendo ajustarse, para este último supuesto, a las exigencias previstas en la Ley 59/2003 de 19 de diciembre, de firma electrónica.

El Servicio de Atención y Defensa del Cliente deberá resolver la Queja o Reclamación en el plazo previsto en el reglamento. En caso de no estar conforme con la resolución emitida por el Servicio de Atención y Defensa del Cliente, su reclamación puede ser tramitada, en Segunda Instancia, por el Defensor del Cliente, Cl. Velázquez, nº 80, 1º D, CP. 28001 MADRID, Tf. 913104043, Fax 913084991, e-mail reclamaciones@da-defensor.org o ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, órgano adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sita en el Paseo de la Castellana, 44 – 28046 Madrid, www.dgsfp.mineco.es/reclamaciones/index.asp o bien puede formular demanda ante los Juzgados de la jurisdicción civil. Se informa que la Entidad no está adherida a ninguna junta arbitral de consumo.

ESTADO MIEMBRO Y AUTORIDAD DE CONTROL

REALE desarrolla su actividad aseguradora en España correspondiendo el control de su actividad a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.




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