Lea detenidamente los términos de la Declaración del cuestionario, la Cláusula de Protección de Datos de la Compañía Aseguradora, Cláusula de Protección de Datos del Mediador y Cláusula LSSI. Al final de los términos deberá aceptar los mismos para continuar el proceso.
Declaración de cuestionario.
Declaro que este formulario ha sido completado después de una apropiada investigación, sus contenidos son verdaderos y exactos y todos los hechos y asuntos que puedan ser relevantes para la consideración de nuestra propuesta de seguro han sido comunicados. Acuerdo que este formulario y toda información proporcionada será incorporada al contrato de seguro y formaran parte del mismo. La persona que contrata tiene representatividad y capacidad legal para realizar esta contratación en nombre de la entidad asegurada.
En el caso de no ser ciertos los contenidos del formulario la compañía podría no dar cobertura.
Cláusula de Protección de Datos de la Compañía Aseguradora
1. INFORMACIÓN
Responsable:
Helvetia Compañía Suiza, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros.
Dirección: Paseo de Cristóbal Colón 26, 41001 Sevilla
Delegado Protección de Datos (DPD)
Email: delegadoprotecciondatos@helvetia.es
Finalidad
La finalidad en el tratamiento de tus datos es:
- La gestión de nuestra relación contractual.
- Tratamientos con fines comerciales.
- Tratamientos para prevención del fraude y tarificación del riesgo.
- Tratamiento de enriquecimiento de datos para mantener actualizada la información relativa a tus pólizas.
- Blanqueo de capitales.
- Estudios de mercado, encuestas de satisfacción y/o calidad.
- Datos especialmente protegidos relativos a tu salud para el desarrollo de la actividad aseguradora (si procede por la naturaleza de la póliza contratada).
Legitimación
- Interés legítimo de Helvetia: Ciertas actividades relacionadas con los tratamientos publicitarios; tratamientos para la prevención del fraude, tratamientos para la tarificación de seguros, realización de encuestas, estudios de mercado, ofrecimiento de nuestros productos.
- Habilitación Legal: Ley 20/2015, de 14 de Julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguro. Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo y su Reglamento de desarrollo; Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas para la reforma del sistema financiero. Estas disposiciones tienen relación, entre otras cuestiones con: Gestión de pólizas, tratamientos de datos actuariales y provisiones, servicios de quejas y reclamaciones, gestión del cobro de primas,…
- Consentimiento de los interesados: para ciertos tratamientos relacionados con el envío de comunicaciones comerciales y con tratamientos publicitarios.
- Necesidad de mantener nuestra relación comercial o precontractual: gestión de nuestros procesos de contratación, gestión de pólizas, encuestas de calidad y satisfacción, realización de estudios de mercado.
Destinatarios
- Ficheros comunes del sector asegurador constituidos o que pudieran constituirse a través de UNESPA, TIREA, y las sociedades y agrupaciones que pudieren sustituirles en el cumplimiento de sus fines.
- Ficheros de solvencia patrimonial y crédito consulta de datos y comunicación en relación con incumplimiento de obligaciones dinerarias para prevención del fraude y gestiones internas del riesgo.
- Entidades que pueden recibir tus datos para la gestión de los productos contratados: TIREA, HNA SC, ASITUR, CENTRO ZARAGOZA, ACTUALIZE. ACTICIMEX, SERVIALL, ARAG, DAS, Centros Sanitarios públicos o privados y médicos de sus cuadros médicos, talleres, peritos y demás personas que puedan o deban intervenir en la gestión de un siniestro o prestación de un servicio. Así como Bancos, entidades financieras, para gestionar nuestra relación contractual, llevar a cabo el pago de la prima, así como para el pago de posibles indemnizaciones, liquidaciones y/o extornos de prima etc.
- Autoridades públicas, Organismos públicos, Cuerpos y fuerzas de estado, tales como: Jueces y Tribunales, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, SEPBLAC u otros órganos de la Administración competentes por motivos de control, registro e inspección, Agencia Tributaria, para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
- Auditores financieros para el cumplimiento de las obligaciones financieras
- Otras entidades que como consecuencia de la prestación de un servicio a Helvetia puedan acceder a tus datos de carácter personal.
Transferencias Internacionales
A nuestra matriz (Helvetia Group –Helvetia Holding AG-) o cualquier otra entidad perteneciente al grupo, en Suiza, que es un país de protección equiparable en materia de protección de datos.
Derechos
Acceder, rectificar y suprimir los datos, y demás derechos previstos, tal y como se detalla en la información adicional.
Información adicional
Puedes consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en nuestra página web:
www.helvetia.es/proteccion-datos
2. CONSENTIMIENTO
- No deseo recibir comunicaciones para la realización de encuestas, envíos de comunicaciones comerciales, publicitarias y promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación equivalentes (SMS, MMS, etc.), hasta que revoque mi consentimiento.
- No acepto que Helvetia Seguros contacte conmigo una vez haya expirado la validez del proyecto o resuelto el contrato de seguro para ofrecerme nuevas condiciones u otros productos que comercializa la entidad, hasta que revoque mi consentimiento.
- No acepto que Helvetia Seguros complete mi perfil mediante la utilización de fuentes externas a ella con la finalidad de realizarme ofrecimientos comerciales de sus productos.
Cláusula de Protección de Datos del Mediador
DEFENSOR DEL ASEGURADO
LEY DE MEDIACION 26/2006
Mercaseguro.com , marca comercial de Boix Brokers Consultores Correduría de Seguros SL con domicilio social en C/ Cervantes, 21-bajo 46.680 Algemesí (Valencia), CIF B-97905319 es una correduría de seguros inscrita en el Registro Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda con el número J2760 y tiene concertado seguro de Responsabilidad Civil por 3.000.000 € que abarca todo el territorio del Espacio Económico Europeo conforme art. 27.1 Ley 26/2006. Para cualquier comprobación se puede contactar con el citado organismo en el teléfono 91 339 70 59 y enhttp://www.dgsfp.mineco.es/sector/corredurias.asp.
El asesoramiento que presta es independiente, profesional e imparcial y se basa en todo momento en el análisis objetivo de un número suficiente de opciones (al menos tres) adaptándolas a las necesidades de los clientes. Así mismo, durante la vigencia del contrato informaremos al tomador, asegurado y beneficiario de los seguros de cualquier cuestión relativa al contrato que soliciten y prestaremos nuestra asistencia y asesoramiento en caso de siniestro.
De conformidad con el art. 44, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, informamos a nuestros clientes que tenemos designado un servicio de atención al cliente independiente para atender y resolver las quejas y reclamaciones de los mismos,. Atención al cliente a través del correo electrónico.
PROTECCION DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de Abril de 2016 y en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, BOIX BROKERS CONSULTORES CORREDURIA DE SEGUROS SL le informa que los datos que nos pueda facilitar serán tratados por BOIX BROKERS CONSULTORES CORREDURIA DE SEGUROS SL.
El Usuario consiente expresamente el tratamiento de estos datos por parte de BOIX BROKERS CONSULTORES CORREDURIA DE SEGUROS SL con las siguientes finalidades:
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Si el usuario no estuviera conforme con alguno de los extremos señalados en anteriormente, deberá comunicarlo a BOIX BROKERS CONSULTORES CORREDURIA DE SEGUROS SL por escrito, a la dirección facilitada en el párrafo anterior. De otro modo BOIX BROKERS CONSULTORES CORREDURIA DE SEGUROS SL entenderá que muestra su conformidad al respecto.
PARTICIPACIONES SIGNIFICATIVAS
Esta correduria no posee directa ni indirectamente una participación superior al 10% en ninguna entidad aseguradora. Por otra parte esta correduria no esta participada ni su sociedad matriz, en el caso de que existiese, en mas de un 10% por ninguna entidad aseguradora. Por lo que garantizamos a nuestros clientes total independencia respecto a las entidades aseguradoras.
DERECHO DE DESISTIMIENTO: de conformidad con el art. 10 de la Ley 22/2007 de 11 de Julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores, Ud. dispone de un plazo de 14 días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna. El plazo será de 30 días para los seguros de vida.
Este derecho no será de aplicación para los contratos de seguros siguientes.
- Contratos de seguro en que el tomador asume el riesgo de la inversión, así como los contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas a los mismos.
- Los de viaje o equipaje de una duración inferior a un mes.
- aquellos cuyos efectos terminen antes del plazo al que se refiere el apartado 1 (es decir, 14 días naturales)
- los que den cumplimiento a una obligación de aseguramiento del tomador.
- los planes de previsión asegurados.
Para ejercer este derecho será suficiente con que nos envíen un correo electrónico gerencia@boixconsultores.eu, indicando producto adquirido, número de póliza y compañía.
Según lo establecido en la Ley 26/2006 de 17 de Julio de Mediación de Seguros Privados, Disposición Adicional Décima, apartado Dos, se autoriza expresamente a la correduría de seguros a que las comunicaciones realizadas por la misma en nombre del tomador del seguro, surtan los mismos efectos que si lo realizará el mismo tomador.
De conformidad con la Ley 26/2006, de 17 de Julio de Mediación de Seguros Privados, art. 33.2 ha sido informado con antelación que toda la responsabilidad de su operación corresponde a boix b ercaseguro
De conformidad con la ORDEN ECO/734/2004, de 11 de Marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, boix brMercaseguro, tiene designado un servicio de atención al cliente independiente para atender y resolver las quejas y reclamaciones de sus clientes.
Dichas quejas o reclamaciones deberán ser dirigidas a:
Luis López Visús
TF: 913147230
atencionalcliente@espabrok.es
Las quejas y reclamaciones, que serán atendidas vienen reflejadas en el Reglamento de Funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente, y serán resueltas en el plazo máximo de dos meses desde su presentación.
Cláusula LSSI
Según el artículos 25 y 27 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (en adelante, “LSSI”), las partes acuerdan que las declaraciones de voluntad que integran los contratos electrónicos serán archivadas en soporte informático por parte de Signaturit en su condición de Tercero de Confianza quien asimismo consignará la fecha, hora y geolocalización en que dichas comunicaciones tengan lugar por un periodo de tiempo que en ningún caso será inferior a cinco años. El archivo será accesible para el cliente a través de Mercaseguros en calidad de corredor de la póliza
Documento de información sobre el producto de seguro
Empresa: Helvetia Seguros Nº Registro DGSFP (C0157)
Producto: HELVETIA RESPONSABILIDAD CIVIL
Esta hoja de información es una breve descripción del seguro, por lo que no está completa. La información precontractual y contractual completa relativa al producto se facilita en otros documentos, tales como las condiciones generales o particulares del contrato. Para estar completamente informado, lea atentamente todos los documentos que se le faciliten.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Es un seguro destinado a cubrir el patrimonio del asegurado frente a reclamaciones de terceros por acciones u omisiones, culposas o negligentes derivadas de algún hecho previsto en el contrato de seguro.
¿QUÉ SE ASEGURA?
Hasta el límite de los capitales establecidos en el contrato, los principales supuestos asegurados son:
- La indemnización por el fallecimiento o las lesiones corporales causadas a una persona.
- La indemnización por el daño, deterioro o destrucción de bienes de terceros.
- La indemnización por los perjuicios económicos causados a terceros.
Adicionalmente y dentro de los límites fijados, correrán a cargo del asegurador:
- El abono a los perjudicados o a sus derechohabientes de las indemnizaciones a que diera lugar la responsabilidad del asegurado.
- Los costes judiciales y gastos de defensa inherentes a la reclamación formulada contra el asegurado.
- La constitución de fianzas judiciales exigidas al asegurado para garantizar su Responsabilidad Civil.
La suma asegurada será el límite máximo de indemnización fijado en cada caso en el contrato.
¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
- El pago de multas o sanciones.
- Reclamaciones por actividades que no estén contempladas en el contrato.
- Los gastos de prevención o aminoración de los daños causados.
- Las garantías opcionales que el asegurado decida no incluir en el contrato.
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
- Los daños causados por mala fe del asegurado.
- Reclamaciones por pactos especiales que agraven la responsabilidad legal.
- Cantidades establecidas como franquicia, es decir, aquellos importes asumidos por el asegurado en caso de hecho garantizado.
- El uso de cualquier medio de transporte terrestre, acuático o aéreo.
- Los daños derivados de cualquier tipo de radioactividad.
- Reclamaciones formuladas fuera del periodo de cobertura temporal establecido en el contrato.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
Las garantías contratadas serán de aplicación a los hechos garantizados que se produzcan dentro del ámbito territorial de cobertura pactado, con sujeción al derecho y tribunales españoles.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
Las obligaciones del asegurado son las siguientes:
- Pagar el precio en las condiciones estipuladas en el contrato.
- Comunicar al asegurador la existencia de otros contratos suscritos con otros aseguradores que, coincidiendo en el tiempo, cubran los mismos riesgos.
- Declarar a Helvetia, antes de la formalización del contrato, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, de acuerdo al cuestionario que se le someta.
- Comunicar durante la vigencia del contrato a Helvetia la alteración de las circunstancias declaradas en el cuestionario que modifiquen o agraven el riesgo.
- Comunicar a Helvetia la ocurrencia del hecho garantizado dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido.
- Dar toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias de dicho hecho y emplear los medios a su alcance para reducir las consecuencias del mismo.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
El contratante del seguro está obligado al pago del primer recibo del precio o del recibo único en el momento de la formalización del contrato. Los sucesivos pagos del precio se deberán hacer efectivos en las correspondientes fechas de renovación estipuladas en el contrato. Podrá pactarse el fraccionamiento del pago del precio en la forma que se recogerá en el contrato, sin que se modifique la naturaleza indivisible del precio anual y podrá realizarse mediante domiciliación bancaria, por transferencia o por pago con tarjeta.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
La cobertura del seguro comienza en la hora y fecha indicadas en las condiciones particulares y es por años prorrogables o por un periodo inferior si así se indica en el contrato.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
Si el contrato es de duración anual, a la expiración del plazo estipulado, salvo pacto en contrario que se recogerá en el contrato, quedará tácitamente prorrogado por un año más, salvo que comunique a Helvetia mediante una notificación por escrito con un plazo de al menos un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso mi deseo de no continuar con el contrato.
Producto: HELVETIA ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS
Esta hoja de información es una breve descripción del seguro, por lo que no está completa. La información precontractual y contractual completa relativa al producto se facilita en otros documentos, tales como las condiciones
generales o particulares del contrato. Para estar completamente informado, lea atentamente todos los documentos
que se le faciliten.
¿En qué consiste este tipo de seguro?
Es un seguro destinado a cubrir el patrimonio del asegurado frente a reclamaciones de terceros por perjuicios derivados de acciones u omisiones, culposas o negligentes incurridas en su actuación como administrador o directivo de la sociedad indicada en el contrato.
¿QUÉ SE ASEGURA?
Hasta el límite de los capitales establecidos en el contrato, los principales supuestos asegurados son:
- Acciones u omisiones contrarias a la ley.
- Acciones u omisiones contrarias a los estatutos de la sociedad.
- Acciones u omisiones realizadas sin la diligencia con la que el administrador o directivo debe desempeñar su cargo.
¿Cuál es la suma asegurada?
El límite máximo de indemnización fijado en cada caso en el contrato.
¿Qué costes asumimos?
Los principales costes que asumimos son:
- El abono a los perjudicados de las indemnizaciones a que diera lugar la responsabilidad del asegurado.
- Los costes judiciales y gastos de defensa inherentes a la reclamación formulada contra el asegurado.
- La constitución de fianzas judiciales exigidas al asegurado para garantizar su Responsabilidad Civil.
¿QUÉ NO ESTÁ ASEGURADO?
- Reclamaciones por daños materiales y daños personales.
- Reclamaciones por actividades realizadas por el directivo o administrador que no estén contempladas en el contrato.
- Los gastos de prevención o aminoración de los daños causados.
¿EXISTEN RESTRICCIONES EN LO QUE RESPECTA A LA COBERTURA?
- Los daños causados por mala fe del asegurado.
- Reclamaciones por pactos especiales que agraven la responsabilidad legal.
- Reclamaciones derivadas de la obtención de beneficios o ventajas no previstas en la ley o los estatutos sociales.
- Actividades ajenas al objeto social de la entidad.
- Fallos u omisión en la contratación de seguros en nombre de la sociedad a la que presta su servicio o insuficiencia de los mismos.
¿DÓNDE ESTOY CUBIERTO?
Las garantías contratadas serán de aplicación a los hechos garantizados que se produzcan dentro del ámbito territorial de cobertura pactado, con sujeción al derecho y tribunales españoles.
¿CUÁLES SON MIS OBLIGACIONES?
Las obligaciones del asegurado son las siguientes:
- Pagar el precio en las condiciones estipuladas en el contrato.
- Declarar a Helvetia, antes de la formalización del contrato, todas las circunstancias conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo, de acuerdo al cuestionario que se le someta.
- Comunicar durante la vigencia del contrato a Helvetia la alteración de las circunstancias declaradas en el cuestionario que modifiquen o agraven el riesgo.
- Comunicar a Helvetia la ocurrencia del hecho garantizado dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido.
- Dar toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias de dicho hecho y emplear los medios a su alcance para reducir las consecuencias del mismo.
¿CUÁNDO Y CÓMO TENGO QUE EFECTUAR LOS PAGOS?
El contratante del seguro está obligado al pago del primer recibo del precio o del recibo único en el momento de la formalización del contrato. Los sucesivos pagos del precio se deberán hacer efectivos en las correspondientes fechas de renovación estipuladas en el contrato. Podrá pactarse el fraccionamiento del pago del precio en la forma que se recogerá en el contrato, sin que se modifique la naturaleza indivisible del precio anual y podrá realizarse mediante domiciliación bancaria, por transferencia o por pago con tarjeta.
¿CUÁNDO COMIENZA Y FINALIZA LA COBERTURA?
La duración de la cobertura del seguro es por años prorrogables o por un periodo inferior si así se indica en el contrato.
¿CÓMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO?
Si el contrato es de duración anual, a la expiración del plazo estipulado, salvo pacto en contrario que se recogerá en el contrato, quedará tácitamente prorrogado por un año más, salvo que comunique a Helvetia mediante una notificación por escrito con un plazo de al menos un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso mi deseo de no continuar con el contrato.